Trust Center

Evaluación de las garantías de Habilmind como encargado del tratamiento

Artículo 28.1 del RGPD

El artículo 28.1 del RGPD establece que los responsables del tratamiento deben seleccionar únicamente encargados que ofrezcan garantías suficientes en materia de protección de datos y seguridad.

Para facilitar esta evaluación, Habilmind pone a disposición de los centros educativos, antes de la contratación, su Trust Center, donde se documentan, entre otros aspectos:

  • medidas técnicas y organizativas de seguridad;
  • infraestructura y ubicación de los datos;
  • subencargados;
  • transferencias internacionales;
  • conservación y eliminación de información;
  • gestión de accesos y trazabilidad;
  • continuidad y copias de seguridad;
  • y obligaciones contractuales de protección de datos.

Esta información permite al centro analizar las garantías ofrecidas por Habilmind atendiendo a la naturaleza, alcance, contexto y riesgos del tratamiento que pretende encomendar.

El acuerdo de tratamiento de datos establece además que Habilmind pondrá a disposición del responsable, cuando exista una solicitud razonable, información suficiente para acreditar la aplicación de las medidas de seguridad comprometidas.

La decisión de contratar a Habilmind y la valoración final de la suficiencia de estas garantías corresponden al centro educativo en su condición de responsable del tratamiento.